Muchachxs, como sabemos, desde hace varios años las marcas promocionan sus productos o servicios a través de personas que se denominan influenciadores. Este tipo de práctica cada vez toma más fuerza y, aunque no cuenta con una regulación o ley especial para establecer qué se puede y qué no se puede hacer, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) creó una «Guía de buenas prácticas» en la que incluyen normas y conductas que tanto las marcas (anunciantes) como los influenciadores deben tener en cuenta a la hora de materializar sus acuerdos comerciales.
En este Taller queremos compartir con ustedes los puntos más importantes.
La guía comienza con un estudio y revisión de varios países que han implementado normas para regular las relaciones entre influenciador y anunciante y, a su vez, normas de protección al consumidor, como lo han sido Chile, Estados Unidos, Holanda, entre otros.
Luego, la SIC ha establecido (con base en lo estudiado y lo revisado en diferentes países), junto con las normas de protección al consumidor las siguientes recomendaciones:
Para el Influenciador:
- Señalar que su contenido (el que está mostrando) se deriva de una relación comercial con la marca.
- Solicitarle a la marca todos los parámetros que debe seguir (recomendaciones, indicaciones o contraindicaciones) para informarlo a sus seguidores.
- No realizar publicaciones cuando el anunciante le sugiera ocultar la naturaleza del mensaje.
- Abstenerse de realizar publicaciones cuando se le solicite pasar un mensaje como “natural” o espontáneo.
Para el anunciante (la marca):
- Cumplir con las normas del Estatuto del Consumidor.
- Identificar como “publicitario” aquellos contenidos que tengan la intención de influir en las decisiones de consumo.
- Informar al consumidor la relación comercial entre éste y el influenciador.
- Dar instrucciones claras a los influenciadores para la comunicación.
- Apoyar la difusión.
- Revisar periódicamente la difusión y los comentarios.
Conclusiones básicas:
- Hay que realizar acuerdos entre la marca y el influenciador.
- Hay que conocer y aplicar las normas sobre el deber de información hacia el consumidor final.
- Realizar las publicaciones con las recomendaciones mencionadas.
- Cumplir con el Estatuto del Consumidor.
Muchachxs, no queremos que ni como marcas ni como influenciadores tengan inconvenientes y mucho menos, sanciones, así que si tienen dudas o preguntas nos cuentan y nos tomamos un café.