En el año 2017 se creó la ley 1834 de 2017 que habla sobre Economía Naranja. Esta ley tiene como objetivo promover y proteger las industrias creativas y por esta razón, se han creado diferentes normas que incentivan el desarrollo de estas empresas.
Por eso, muchachos, porque sabemos que ustedes están dentro de esta naranja; emprendiendo y pensando nuevas ideas, quisimos escribir este artículo para analizar los aspectos clave de esta ley. Empecemos como nos gusta: preguntando y respondiendo.
1. ¿A qué se le considera una industria creativa?
la ley sobre Economía Naranja trae una descripción bastante amplia y general, pero dentro de estas empresas podemos destacar: las editoriales, el arte, el cine, el turismo, la educación, la moda, el diseño, los software, la publicidad, el contenido multimedia.
2. ¿Cuáles son los beneficios de la Economía Naranja?
el mayor beneficio que tienen las empresas naranjas es que durante los primeros siete años no tienen que hacer el pago de la renta.
Sin embargo, para obtener esta ventaja deben:
-ser una sociedad domiciliada en Colombia.
-tener el objeto social de la sociedad relacionado con las actividades de la Economía Naranja.
-Tener mínimo tres empleados vinculados directamente con actividades relacionadas a la industria creativa (los empleados no pueden ser administradores).
-constituirse como sociedad antes del 31 de diciembre de 2021.
-presentar el proyecto relacionado con la industria creativa ante el Ministerio de Cultura para que les emitan un acto aprobando a la empresa como naranja.
-hacer una inversión mínima de 150 millones de pesos dentro de los tres años siguientes (si no se cumple, se pierde el beneficio).
3. ¿Cuál es la situación actual de la implementación?
el 12 de septiembre de 2019, se emitió el Decreto Reglamentario sobre la implementación y, en especial, las formas en las que se presentarán los proyectos al Ministerio de Cultura. Mejor dicho: sobre ruedas está la ley.
4. ¿Si mi sociedad ya existe, puedo aplicar a los beneficios?
¡Buenas noticias! Sí, muchachos. A los beneficios pueden aplicar sociedades que hayan sido creadas antes del 31 de diciembre de 2021, que cumplan con los requisitos exigidos.
5. ¿Qué debe contener la solicitud del proyecto?
como ya les dijimos, la solicitud la deben presentar al Ministerio de Cultura, con la siguiente información:
1. Razón social y NIT.
2. Justificación de viabilidad financiera del proyecto.
3. Descripción de la conveniencia económica, escalamiento o creación de empresa.
4. Actividad económica CIIU.
5. Número y descripción de los empleos que generará el proyecto.
6. Monto y tipo de inversión.
7. Cronograma de ejecución del proyecto.
8. Copia del RUT
9. Certificación del contador o revisor fiscal.
6. ¿Cuándo puedo aplicar a los beneficios?
las empresas de industrias creativas podrán presentar sus proyectos dentro de: 1 al 31 de octubre, 1 al 31 de marzo y 1 al 31 de julio, respectivamente hasta diciembre de 2021.
Muchachos, nada pierden con analizar el panorama y beneficiarse con esta ley. Si necesitan asesoría, aquí estamos para que crezcan.