El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos del decreto que fijaba el aumento del salario mínimo para 2026.
Y como suele pasar, la noticia generó más ruido que claridad.
En Taller A creemos que las decisiones laborales no se toman con titulares.
Se toman con estructura.
Por eso escribimos esta guía: para que entiendas qué pasó, qué no pasó y cómo actuar sin improvisar. Porqué salario mínimo 2026 fue suspendido: qué significa realmente para tu empresa (y qué deberías hacer ahora) es lo que todos deberiamos saber.
1. ¿Qué fue lo que decidió el Consejo de Estado?
El Gobierno había fijado el salario mínimo para 2026 mediante el Decreto 1469 de 2025, estableciendo un aumento del 23,78%.
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente ese decreto y le ordenó al Gobierno fijar un nuevo porcentaje cumpliendo ciertos criterios técnicos.
Además, le dio un plazo de 8 días calendario para hacerlo.
Esto significa algo muy importante:
la suspensión es provisional y el Gobierno debe expedir un nuevo decreto.
2. ¿La suspensión aplica de inmediato?
No.
Y aquí es donde muchos empresarios pueden confundirse.
La suspensión opera una vez el Gobierno publique el nuevo decreto con el porcentaje ajustado. Mientras eso no ocurra, se debe seguir aplicando el salario vigente bajo las reglas actuales.
En otras palabras:
- Hoy no es momento de modificar nóminas.
- No es momento de recalcular retroactivos.
- No es momento de “anticiparse” con decisiones apresuradas.
Es momento de esperar claridad normativa.
3. ¿Qué pasa con lo que ya pagaste?
Otro punto clave.
El Consejo de Estado fue claro:
la suspensión no tiene efectos sobre lo ya pagado o causado.
Esto quiere decir que:
- Los salarios ya pagados no deben devolverse.
- Los aportes a seguridad social ya realizados no cambian.
- No hay efectos retroactivos.
La medida es hacia futuro.
Para los empresarios esto es tranquilidad jurídica: no se trata de deshacer lo que ya hiciste correctamente bajo una norma vigente en su momento.
4. Entonces, ¿qué debería estar haciendo tu empresa ahora?
Aquí es donde entra la estrategia.
Te dejamos cuatro recomendaciones prácticas:
- No improvises ajustes salariales: Evita hacer modificaciones anticipadas hasta que exista un nuevo decreto publicado oficialmente.
- Revisa tu presupuesto laboral: Este es un buen momento para revisar escenarios: ¿Qué pasa si el nuevo porcentaje es menor? ¿Qué pasa si se mantiene similar?¿Cómo impacta tu flujo de caja?. La prevención financiera también es prevención jurídica.
- Evalúa cómo impacta tu estructura contractual: Si tienes empleados con salario mínimo, contratos indexados al mínimo o beneficios atados a ese valor, debes tener claro qué cláusulas podrían verse afectadas cuando salga el nuevo decreto.
- Documenta tus decisiones: Toda decisión laboral debe estar soportada. Si decides esperar el nuevo decreto (que es lo prudente), deja registro interno de la razón jurídica. Eso te protege frente a eventuales reclamaciones.
5. Lo más importante: no confundas incertidumbre con urgencia
La incertidumbre jurídica no siempre exige acción inmediata. A veces exige pausa. Las empresas que crecen bien no reaccionan al caos. Toman decisiones informadas.
En momentos como este se ve la diferencia entre:
- Empresarios que actúan con criterio.
- Empresarios que actúan por presión.
6. El salario mínimo puede cambiar. Tu responsabilidad no.
Esta situación es un recordatorio de algo más profundo:
La gestión laboral no es operativa. Es estratégica.
Cada ajuste salarial impacta:
- costos
- aportes
- provisiones
- flujo de caja
- clima laboral
- riesgo jurídico
Por eso, si tienes empresa, este no es momento de improvisar.
Es momento de entender, ajustar y prevenir.
En Taller A acompañamos empresas que quieren crecer con estructura, no solo con intención.
En Taller A creemos algo simple: una buena estructura laboral protege tu empresa y a tu equipo. Pensar antes de actuar, prevenir antes de lamentar y construir desde el inicio con criterio legal es una decisión estratégica.
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Somos abogados de pymes. Y estamos para acompañarte.



